Por: Juan Manuel Borráez
En Colombia se ha desatado una polémica por la llegada de, según el Ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, militares de la Brigada de Asistencia a Fuerzas de Seguridad del Comando Sur de los Estados Unidos, con el fin de asesorar y asistir técnicamente a Fuerzas de Tareas Conjuntas de las Fuerzas Armadas de Colombia, en lugares en donde hay incidencia del narcotráfico.
A mi juicio esta situación presenta un profundo debate de carácter jurídico, en donde la pregunta radica en si la rama ejecutiva del poder público, en cabeza del Presidente de la República, debe solicitar al Senado autorización, y éste a su vez otorgarla (no basta solo con informar), para la llegada del Cuerpo Élite del Comando Sur de los Estados Unidos, así sea solo con fines consultivos y de asistencia, más no con el ánimo de que participen en operaciones de manera directa.
No cabe la menor duda de que en caso de que un Estado quiera ingresar o que el Estado colombiano invite tropas extranjeras al país, el Presidente de la República deberá solicitar al Senado su autorización y, éste a su vez, concederla o no. Así lo establece la Constitución en su artículo 173, numeral 4: “Son funciones del Senado permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República”. En caso de que el Senado se encuentre en receso, el Presidente deberá contar con el dictamen del Consejo de Estado, según el artículo 189 numeral 7 de la Carta Política.
Cabe recordar, que el Senado de la República no se encuentra en receso, más allá de que se encuentre sesionando por medios virtuales. Entonces, aunque nos encontramos en un Estado de Emergencia, no se podrá obviar este paso obligado por el legislativo.
Adicionalmente, no solo basta con la autorización que deba dar el Senado de la República, de igual manera el Ejecutivo ha debido informar al Consejo de Estado, con el fin de que esta corporación se reúna a estudiar el caso y emita un concepto sobre si la presencia de tropas extranjeras afecta o no la soberanía nacional y cuáles son los límites a este tipo cooperación en materia militar.
La explicación por parte del Ministro de Defensa, ante la no consulta y solicitud de autorización al Senado, radicaba en que «en ningún momento habrá tránsito de tropas extranjeras, ni participarán en operaciones militares. Las operaciones militares las desarrollan exclusivamente las tropas colombianas».
Debo insistir, más allá de que el propósito de la llegada de éste personal sea de asesoría, no son civiles y se deberán cumplir los requisitos, tanto de consulta y autorización por parte del legislativo en cabeza del Senado, así como el estudio del caso por parte del Consejo de Estado. El hecho de que esta asesoría se haga en el marco de un “Acuerdo de Cooperación en materia militar suscrito hace décadas” (Carlos Holmes Trujillo), su puesta en marcha no puede pasar por encima de la institucionalidad, más cuando haciéndolo se viola flagrantemente la Constitución. Estos acuerdos son totalmente válidos, pero se deben cumplir los pasos contemplados en las normas colombianas.
Desde un punto de vista estratégico, no estoy en desacuerdo con la asistencia que se pueda recibir por parte de personal extranjero en materia de combate al narcotráfico. El problema mundial de las drogas, es un reto conjunto de la Comunidad Internacional, y las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, cuentan con grandes capacidades y con importantes avances tecnológicos. No obstante, las cosas deben hacerse como es debido, y las formalidades que impone la Constitución a la llegada de tropas extranjeras está prevista para que exista un debido control entre las diferentes ramas del poder público a estas decisiones del ejecutivo. Es un pilar básico de la democracia y el Estado de Derecho.
Por ello debo decir, cooperación sí (bienvenida sea), pero no así. Un fin loable, como el combate al narcotráfico, no justifica los medios, es decir, que el ejecutivo pase por encima de los controles institucionales contemplados en el ordenamiento jurídico.
Finalmente, no debo dejar de manifestar que el problema mundial de las drogas ilícitas no requiere solamente ser combatido mediante un enfoque militar, sin duda es una guerra que no se encuentra ni cerca de ser ganada. Al ser problema que atañe a la Comunidad Internacional, los países productores, de tránsito, y consumidores, deben explorar la posibilidad de buscar nuevos enfoques para atacar este flagelo. Colombia, en donde se han sacrificado tantas vidas en la lucha contra el narcotráfico, debería estar liderando este proceso en el ámbito internacional.
*Miembro Dirección de Seguridad y Justicia