El papel del regulador único en la cuarta Revolución Industrial en Colombia

El papel del regulador único en la cuarta Revolución Industrial en Colombia

Los invitamde a ver esta entrevista realizada por nuestro Director de Tecnologías de la Información; Juan José Ramírez, a Nicolás Silva; Comisionado de Regulación y Comunicaciones aquí:

La menstruación como un asunto de derechos humanos: el debate de la copa menstrual, los tampones y las toallas higiénicas

Por: Vanessa Monterroza

La Corte Constitucional colombiana resolverá próximamente la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 188 de la Ley 1819 de 2016 que estableció como bienes exentos del impuesto sobre las ventas —IVA— a las compresas (toallas higiénicas) y tampones higiénicos, excluyendo la copa menstrual. La decisión que adopte la Corte Constitucional reviste importancia para la materialización del principio de igualdad entre hombres y mujeres; en la medida que la menstruación, como fenómeno fisiológico, ha conllevado de manera consecuencial a la vulneración de este principio y de otros derechos de los que son titulares las mujeres, como la educación, el libre desarrollo de la personalidad, la recreación, el trabajo e incluso, la libertad de locomoción.

 

En ese escenario, la menstruación es actualmente, sin lugar a dudas, un asunto de derechos humanos. Por lo anterior, se hace necesaria la intervención del legislador, los jueces y la administración, a fin de adoptar «arreglos» que permitan equilibrar una situación de desigualdad y vulneración de derechos generada por un hecho fisiológico.

La menstruación, el principio de igualdad y los derechos

Los problemas en el plano de la igualdad, empiezan desde la denominación misma de la cuestión. Hablar de menstruación ha sido un tabú —no es fortuito que haya decidido incluir «esta palabra» en el título de la columna—, pues reivindica la importancia de un tema del que no se habla o se habla en voz baja, desconociendo su relación directa con los derechos de las mujeres. 

De acuerdo con BOTELLO y CASADO, y a partir de una recolección de datos en entrevistas, la menarquia generó en las entrevistadas actitudes de timidez, vergüenza y sorpresa, siendo catalogado por algunas como un tema del que no era «bonito hablar», cargado de misterio y suciedad. A su vez, cuando se indagó sobre la menstruación, se encontró que a las mujeres se les enseñaba a ocultarla. 

El hecho que a las mujeres se les enseñe a ocultar la menstruación, ha influido fuertemente, a mi parecer, en la reiterada vulneración de la igualdad y otros derechos, ya que si ni siquiera hablamos del tema, mucho menos, vamos a alzar la voz para exigir el cumplimiento de principios y derechos que se ven afectados por la menstruación. Ello ha determinado, que las discusiones asociadas a la menstruación y los derechos, hayan sido nulas hasta años recientes.

En segundo lugar, el principio de igualdad se ve afectado por la menstruación a partir de las diferencias de oportunidades que las mujeres pueden llegar a tener producto de este hecho fisiológico ajeno a su voluntad. La igualdad, entendida en ese contexto, significaría que hombres y mujeres son materialmente iguales en derecho, solo cuando sus oportunidades de desarrollo como sujetos de derechos, no está determinada por haber nacido hombre o mujer, o en este caso, por menstruar o no. 

Así, si un porcentaje de mujeres no puede tener acceso a productos menstruales, sus oportunidades no serán iguales que la de un hombre, que fisiológicamente no tiene que afrontar este hecho, ni los límites a sus derechos que ello pueda generar. 

La menstruación, a su vez, puede conllevar de manera consecuencial a la vulneración de otros derechos de los que son titulares las mujeres, como el libre desarrollo de la personalidad, la recreación, el trabajo y la libertad de locomoción. En estos casos, la vulneración va asociada con la imposibilidad económica de las mujeres de sufragar por su propia cuenta los costos de los productos menstruales, causando como consecuencia, que no puedan gozar de estos derechos durante los días del periodo menstrual, ante la imposibilidad de salir de sus lugares de residencia. 

En el mismo sentido, tratándose del derecho a la educación, un derecho que además va íntimamente ligado con la materialización de la igualdad, se presentan casos en los cuales, las niñas dejan de asistir a la escuela durante el periodo de la menstruación, por la incapacidad económica de sus núcleos familiares de asumir los costos de la compra de toallas, tampones o la copa menstrual. 

En noviembre de 2020, el Parlamento de Escocia aprobó el proyecto de ley que ordena el acceso gratuito y universal a productos menstruales, los cuales deberán estar disponibles en edificios públicos, incluidos colegios y universidades, como una medida para contrarrestar la «pobreza menstrual». En el mismo sentido, en Nueva Zelanda, a partir de una decisión de la primera ministra, se determinó en junio de 2020, que el gobierno asumirá los costos de los productos de higiene femenina de las estudiantes de escuelas secundarias, a partir de un estudio que determinó que casi 95.000 estudiantes podrían estarse quedando en casa durante sus periodos, debido a la imposibilidad de comprar productos menstruales

Por su parte, en Colombia, e inspirados en la reciente ley escocesa, varios congresistas han anunciado la radicación de dos proyectos de ley en marzo de 2021, que buscan garantizar la gratuidad de toallas higiénicas y tampones, ya sea en colegios o universidades o a nivel general. En todo caso, estos proyectos tendrían que ser aprobadas en cuatro debates al interior del Congreso de la República y contar con el aval del gobierno, teniendo en cuenta que se trata de iniciativas que conllevan un costo fiscal. 

En ese sentido, a nivel internacional y nacional ha iniciado un creciente interés por medidas que adoptan «arreglos» necesarios para garantizar la igualdad y otros derechos de las mujeres que se afectan por causa de la menstruación. 

 

La Corte Constitucional colombiana y la jurisprudencia sobre menstruación y derechos 

En Colombia, un actor de primera importancia en materia de menstruación y derechos ha sido la Corte Constitucional, que a partir de dos sentencias: la C-117 de 2018 y la T-398 de 2019, se ha referido a la menstruación y su relación con la igualdad. 

En la sentencia C-117 de 2018 la Corte Constitucional abordó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 185 (parcial) de la Ley 1819 de 2016. El artículo demandado gravaba con una tarifa del 5% a las compresas y tampones higiénicos. El demandante alegaba que se vulneraban los principios de igualdad, equidad y progresividad en materia tributaria, al gravarse un bien de primera necesidad de las mujeres, que a su vez, generaba un costo que debían asumir estas, solo por su condición de mujeres. 

La Corte Constitucional ubicó el problema planteado en la discriminación indirecta y la discriminación interseccional. De acuerdo con la primera, existen tratamientos que formalmente no son discriminatorios, pero que derivan en consecuencias fácticas desiguales para determinadas personas. Por su parte, de acuerdo con la segunda, diferentes categorías pueden acentuar la discriminación, es decir, la discriminación se produce en razón a varios factores, por ejemplo, por ser mujer y por tener bajos ingresos.  

En ese sentido, se determinó que el gravamen de las compresas y los tampones generaba una discriminación de género, una discriminación económica, una discriminación desde la perspectiva de la salud y una desde la perspectiva de la vida digna. Lo primero, dado que se impone solamente a las mujeres. Lo segundo, puesto que afectaba solo a las mujeres con bajos ingresos. Lo tercero, en la medida que la imposibilidad de acceso a estos productos impide practicar una buena higiene íntima, que a su vez, puede ocasionar enfermedades y lo cuarto, porque la imposibilidad de acceso impide el ejercicio de otros derechos como la educación, el trabajo y llevar una vida normal en sociedad. 

La Corte Constitucional, teniendo en cuenta estos factores de desigualdad, y que las toallas higiénicas y los tampones son bienes insustituibles, determina que el legislador tenía la obligación de debatir las razones para no gravarlos con la tarifa del 0%, por lo que declara la inconstitucionalidad del aparte demandado y ordena incluir estos productos dentro de los bienes exentos del impuesto al valor agregado.

Por su parte, la sentencia T-398 de 2019 se origina a partir de una acción de tutela presentada por agentes oficiosos de una mujer en situación de habitanza de calle. En la acción se alegaba que debido a sus escasos recursos, la mujer no tenía la capacidad para comprar toallas higiénicas, y en consecuencia, tenía que usar trapos durante su periodo menstrual o manipular el relleno de las toallas para usarlo varias veces. Se solicita al juez de tutela la protección del derecho a la salud y que se ordene, a quien corresponda, la adopción de medidas que permitan a la agenciada el acceso a los productos de higiene femenina básicos. 

La Corte Constitucional en sede de revisión ubica este caso desde la perspectiva no solo del derecho a la vida y la salud, sino también a partir de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres —dentro de los que se encuentra el manejo de la higiene menstrual—, el derecho a la igualdad y la vida digna.  Se determina en este asunto, que las diferentes entidades concernidas vulneraron los derechos de la agenciada al no existir una política clara de manejo de higiene menstrual; al no haber colaboración entre las autoridades competentes y al no haber un registro adecuado de los servicios que se le habían prestado. 

Finalmente, la Corte ordena que se suministre a la agenciada los insumos adecuados para su higiene menstrual, y lo que considero más trascendental del fallo, que se diseñe una política pública territorial de manejo de la higiene menstrual y un sistema de registro sobre las entregas realizadas. Es decir, que a pesar que la acción se originó en un caso en concreto, la Corte Constitucional, en lo que se ha denominado por la doctrina como una sentencia estructural, ordena acciones de carácter general para la protección de derechos de sujetos que no fueron parte dentro del proceso. 

 

La copa menstrual: el debate pendiente

En el 2021 la Corte Constitucional se pronunciará nuevamente sobre un tema relacionado con la menstruación y derechos, en este último caso, se solicitó por parte de los accionantes, que la exención actual del impuesto al valor agregado de los tampones y toallas sanitarias se extienda a la copa menstrual, como otra opción de higiene femenina.

Los antecedentes jurisprudenciales previamente citados y la intervención favorable del Ministerio Público son elementos que permiten pensar en un fallo a favor de la exención. En este caso, además de la vida digna, la igualdad, los derechos sexuales y reproductivos y los demás derechos que se pueden ver afectados por la menstruación, que han sido usado como fundamento en los casos expuestos; será determinante el libre desarrollo de la personalidad y la posibilidad real de que las mujeres puedan escoger a través de qué producto atienden sus necesidades de higiene menstrual, así como las implicaciones medio ambientales del uso de los otros productos de higiene femenina. 

*Miembro Dirección de Constitución y Democracia

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El papel del regulador único en la cuarta Revolución Industrial en Colombia

Una apuesta de país: aumentar el número de mujeres en Ciencia y Tecnología

Nuestro director David Luna, entrevista a Juanita Rodríguez Kattah, Vicerrectora de innovacion de la Universidad EAN; Adriana Correa Velásquez, directora de Maloka y a Catalina Obando , experta en modelación matemática y programación científica.

Los sistemas impositivos y su incapacidad para garantizar la anhelada progresividad fiscal

Los sistemas impositivos y su incapacidad para garantizar la anhelada progresividad fiscal

Por: Ernesto Forero

Desde hace unos años se han empezado a escuchar voces en distintos idiomas que demandan la revisión y el ajuste del “contrato social” actual, tema sobre lo cual tuvimos oportunidad de referirnos en este mismo espacio el 14 de enero de 2020, antes de que el Covid-19 se convirtiera en pandemia. Durante el Covid-19, estas demandas revisionistas se han exacerbado, pues los efectos de la pandemia desvelaron la fragilidad de los sistemas de salud, la falta de conectividad de las personas, y en general, evidenciaron desigualdades entre la población.   

Quienes demandan la revisión del modelo político, económico y social actual (todo lo cual resumen con el término “contrato social”) coinciden, de manera consciente o inconsciente, en los siguientes tres puntos que resumimos a continuación: una mayor intervención de los Estados en las economías, mayores exigencias a los particulares (especialmente las empresas) para redistribuir los beneficios obtenidos por virtud del modelo actual y un respeto por los límites del planeta. Estos tres elementos parecen ser, hasta el momento, los pilares que determinarán los contornos del nuevo “contrato social”. 

Pese a lo interesante del tema, en esta oportunidad no nos referiremos a los reparos y exigencias de la población al contrato social actual, sino a cómo esas exigencias, todas las cuales conllevan un incremento de las erogaciones estatales (para funcionamiento, inversión y/o gasto social), podrán hacerse realidad. Es decir, no nos enfocaremos en lo que los contadores denominan “los usos” (educación gratuita, salud gratuita, ingreso básico universal, etc.) sino en sus “fuentes”. 

La fuente que se menciona de manera más recurrente, aunque con poca profundidad son los impuestos “a los más ricos”. Sin embargo, pretender obtener los recursos suficientes para atender las exigencias de la población a través de impuestos, con base en los sistemas impositivos actuales, es una fantasía. Ojo. No queremos dejar la sensación de que la idea de apalancar mayores inversiones o gasto social con impuestos progresivos sea mala, lo que queremos señalar es que no es una idea realista con los sistemas impositivos actuales. 

Los sistemas impositivos actuales tienen, en nuestro concepto, dos tipos de problemas que no permiten que sea razonable esperar la concreción de la anhelada progresividad fiscal. En primer lugar, se encuentran los problemas “de forma”, que se relacionan con la eficiencia de los sistemas impositivos, y que hacen referencia a las plataformas tecnológicas que utilizan los Estados para el funcionamiento de sus respectivos sistemas impositivos. Es impostergable que los sistemas impositivos funcionen sobre plataformas tecnológicas dinámicas, fáciles y modernas. En relación con este tipo de problema, Colombia parecer estar dando los pasos correctos pues la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1955 de 2019) creó el denominado “Fondo DIAN para Colombia”, el cual será un patrimonio autónomo que se encargará de administrar los recursos para la modernización tecnológica de dicha entidad. 

En segundo lugar, están los problemas “de fondo”, que se relacionan con la eficacia de los sistemas impositivos, y que hacen referencia a que tales sistemas tengan como sujetos pasivos a quienes tienen mayores capacidades y como objeto de tributación a las operaciones generadoras de ingreso y riqueza. Los problemas que podrían incluirse bajo esta descripción son muchísimos; sin embargo, en esta oportunidad nos referiremos a aquellos problemas “nuevos” que han surgidos por la incapacidad de los sistemas impositivos de entender e interiorizar el impacto de la revolución tecnológica en la realidad actual, lo cual ha traído como consecuencia el otorgamiento de exenciones de facto. Ahí estamos grave. Mencionaremos a continuación solo un par de ejemplos que nos servirán para ilustrar el punto.

En la actualidad la información es el commodity más valioso. La tecnología ha permitido a las empresas generar ingresos a partir de la recolección, administración y procesamiento de nuestra información, haciéndonos más propensos a consumir, consumir, consumir. Sin embargo, ninguna de estas actividades ha sido incorporada como hecho gravable en los sistemas impositivos actuales. 

Con el ánimo de ilustrar aún más este punto, vale la pena preguntarse qué resulta más valioso (en el sentido de su capacidad de generar riqueza), digamos, para Google, ¿una base de datos con la información de nuestros gustos o una isla en el Caribe? La respuesta, claramente, es la información. Sin embargo, los sistemas impositivos actuales no han asimilado el surgimiento y el valor de la información, por lo cual solo hacen objeto de tributación a la propiedad en el Caribe. 

Un ejemplo más son los negocios basados en nuevas tecnologías. Muchos Estados han preferido cerrar sus ojos y sus sistemas legales ante las nuevas formas de hacer negocios con base en nuevas tecnologías. Colombia es un buen ejemplo; suspendió los servicios de Uber, sancionó a Rappi, prohibió las criptomonedas (las cuales están en máximos históricos), etc. Este negacionismo no impide, de ninguna manera, que las nuevas formas de hacer negocios se sigan desarrollando, lo que sí logra es que las nuevas formas de hacer los negocios pasen a ser ilegales y no puedan ser objeto de tributación. 

Como era de esperarse (y no es una crítica), el Gobierno ha empezado a anunciar una nueva reforma tributaria. Ojalá se aproveche esta oportunidad, post Covid-19, para realizar una verdadera reforma estructural que presente soluciones definitivas a los problemas de forma y de fondo de nuestro sistema impositivo actual, en lugar de estar improvisando propuestas que no logran más que exprimir la misma base y a los mismos sujetos de tributación de siempre, manteniendo nuestro sistema ajeno a las nuevas realidades.

El Covid-19 ha dejado en evidencia la necesidad de tener Estados más presentes, más eficientes y mejor administrados, por lo cual, el replanteamiento y modernización de los sistemas impositivos con base en los cuales se puedan obtener los recursos necesarios para atender las exigencias actuales de la población, es una necesidad urgente e impostergable.   

 

*Director Temático del Departamento del Magdalena

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Una única fuente de verdad con múltiples interpretaciones

Por: German Arias

Existen 2 conceptos que debemos entender cuando queremos implantar un proyecto de Business Intelligence, “única Fuente de Verdad” y “múltiples versiones de la verdad” (SSOT y MVOT por sus siglas en ingles), lo que significa de una manera básica que en una organización cada dato debe tener una única fuente, sin embargo, cada área podrá interpretar este mismo dato de distinta forma dependiendo de sus objetivos e intereses, pero en un ambiente coordinado a través de un gobierno de datos transversal.

Dentro de una organización siempre han existido conflictos internos relacionados con el uso que cada área hace de la información, especialmente porque al momento de analizar los resultados, es común encontrar conclusiones contradictorias, por ejemplo entre el área de mercado y el área de finanzas cuando muestran el indicador de ingresos por usuario, donde seguramente para finanzas estará por debajo del valor que le asigne mercadeo.

Esta situación tiene 2 causas, o no existe una única fuente verdad de los datos de usuario e ingresos, o la interpretación que hace cada área de esta “verdad” es distinta. Es posible que a mercadeo solo le interese la facturación por usuario, mientras que a finanzas solo le interesan los ingresos realmente recibidos, lo que al final produce dos informes distintos a pesar de usar las mismas fuentes de información.

Ahora bien, si pudiéramos entender nuestra sociedad como una organización democrática, donde participan empresas, entidades de gobierno, partidos políticos, agremiaciones y ciudadanos (por nombrar solo algunos de los individuos que de manera colectiva o particular forman parte de ésta) encontraríamos que al igual que en cualquier organización, existen conflictos en la manera en que cada participante interpreta la información, o mejor, los datos que convierte en información, lo cual podría ser normal y hasta lógico.

Esta situación no sería grave si pudiéramos contar con única fuente de verdad de cada dato, y entender que cada uno puede usar ese dato de distintas maneras, pero como esto no es factible, muchos de los protagonistas de nuestras política nacional manipulan los datos para “demostrar” su propia verdad, respondiendo solo a sus intereses y no a los intereses de toda la organización, en este caso, de toda la sociedad, aprovechándose de que no todos sus miembros, en especial los ciudadanos, tienen la capacidad de identificar esa “única fuente de verdad”.

Esos políticos, en especial de corte mesiánico y autoritario, quieren hacer valer su verdad a toda costa, pues consideran que su interpretación de la realidad es siempre correcta e irrefutable, por lo tanto siempre encontrarán la manera de interpretar los datos a su favor,  protegiendo sus propios intereses y no los de la sociedad en su conjunto.

Creo que es aquí donde radica uno de los más grandes desafíos de nuestra sociedad, de nuestros lideres, y de nosotros como ciudadanos, y es como lograr que esa interpretación de la realidad no solo tenga una única fuente de verdad, sino que responda a los intereses de la organización democrática. 

Y esto no significa que exista una única interpretación de la realidad, de hecho la democracia se sustenta en la diferencia, en la existencia de distintos enfoques económicos y de política social, que dan como resultado diferentes tendencias ideológicas. El problema radica en pretender que solo exista una única opción, que es precisamente lo que nos quieren hacer creer quienes defienden los extremos como la salida a los problemas que nos aquejan, una única verdad, o mejor, una única interpretación de la verdad.

Con respecto a este punto, valga decir que el acceso a la información ha fortalecido hasta cierto punto los procesos democráticos en la medida que todos los ciudadanos, independientemente de nuestra situación socioeconómica o tendencia política, tenemos acceso a ella en tiempo real. El problema es que es tal el volumen de información, o mejor, de datos, que terminamos ahogados en un mar de poca profundidad, cuestión que como mencioné anteriormente, es aprovechada para “ganar votos”.

Colombia como organización democrática tiene fracturas profundas, resultado de años de división y polarización que seguramente cada uno interpretará desde su extremo y hará responsable al otro de todos sus males, y es precisamente en este punto donde encontrar esa única fuente de verdad es tan relevante, dado que es la única forma de dar las discusiones necesarias, donde sin sacrificar nuestra ideología, podemos construir desde los argumentos, con información confiable, con la verdad.

Construir una verdadera democracia en el mundo de las redes sociales es una tarea compleja que debe empezar con el compromiso de no manipular la información por parte de todos aquellos que pretendan gobernarnos. Es claro que el anonimato que puebla las redes facilita la violencia verbal, y pretender revertirlo es poco realista, pero lo que si es realista es que los políticos que si tienen cara no caigan en el peligroso facilismo de sustentar sus campañas en ese anonimato, en ese poder dañino de las redes sociales mal usadas.

La verdad es una sola, y puede tener múltiples interpretaciones, por lo tanto es nuestro deber como sociedad buscar su mejor versión para construir una mejor organización democrática y una sociedad más justa.

 

*Miembro Dirección de Tecnologías de la Información

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Inteligencias artificial: creación y futuro

Por: Carlos Ramírez

Tenemos suerte de vivir en esta era. Nunca en la historia de la humanidad el intercambio de conocimientos ha sido tan efectivo, constante y creciente. El ciudadano promedio de hoy está a tan solo clics de obtener más información de la que disponía la realeza hace 300 años.

Avances que presentan nuevos retos para la civilización, tanto para hacer frente al calentamiento global, como para proyectar los alcances del ingenio humano.

Conocer los orígenes y funcionamiento de esto último es clave, en medio de una sociedad “altamente dependiente de la ciencia y la tecnología, y la vez ignorante del funcionamiento de estas mismas”, como diría Carl Sagan.

Para resolver parte del enigma, Martin Ford en Architects of Intelligence (2018) habla con una serie de expertos y se aventura a imaginar una parte del futuro que parece inevitable: humanos + inteligencia artificial.

La IA desarrolla sus bases por medio de redes neuronales, un tipo de software que emula el cerebro humano y sus neuronas. Sin embargo, no aprende solo. Necesita entrenamiento desarrollado por fases. La primera etapa es conocida como Supervised Learning, donde la IA es expuesta a diversas descripciones de un objeto. 

Si queremos que identifique un perro, muy seguramente tras cierta práctica lo distinguirá. Sin embargo, si bien puede llegar a identificar la forma, no entiende su contexto. En el fondo, no hay aprendizaje.

Más o menos lo que nos pasa cuando pagamos a alguien para que nos haga un trabajo universitario.

Para que la máquina aprenda, la fase dos (Grounded Language Learning) hace su incursión. Se trata de un aprendizaje profundo donde las descripciones en texto son acompañadas de imágenes, videos y objetos en el mundo real. 

El resultado de esta parte del proceso da como resultado asistentes virtuales como Siri o Alexa, así como maestros de ajedrez que harían sonrojar al mismísimo Kasparov.

Sin embargo, su aprendizaje y campo de acción se limita a una tarea y contexto específico. A diferencia de los humanos, no puede extrapolar el aprendizaje estratégico adquirido jugando dominó al campo militar o deportivo.

Para hacerlo, la IA necesita desarrollar algún tipo de sentido común o tener la capacidad de desarrollar injerencias sobre una situación. Esta sería la fase tres: the Artificial General Intelligence o AGI. La vemos materializada en los carros auto- dirigidos. Combinados con deep learning y una estructura de conocimientos subyacente, estos vehículos son capaces de identificar una variedad cada vez más amplia de obstáculos y situaciones, sorteándolas de forma cada vez más precisa, minimizando progresivamente la necesidad de intervención humana.

No es difícil pensar en las aplicaciones positivas de estos avances en campos como la aeronáutica o la selección de personal.

Sin embargo, tal y como nos mostró Cambridge Analytica, aplicando esta tecnología para leer a un ser humano y usar sus propios sesgos cognitivos en su contra, puede conllevar a que este decida tanto por productos de dudosa calidad como por políticos con tendencias racistas y radicales.

Sumado a esto, es inevitable pensar en la potencial pérdida masiva de empleos que vendrá en los próximos años. Willrobotstakemyjob.com nos puede dar una idea de este panorama. Basta con poner nuestra profesión en la página y esta calculará la probabilidad que una máquina tome nuestro empleo en las próximas dos décadas. Desde empleos con una probabilidad baja de reemplazo (marketers 1.4%, periodistas 11%), hasta otros con tasas incluso sorprendentemente altas de automatización (programadores 48%, contadores 94%). Si pensamos que por tener un título ya no hay necesidad de aprender todo el tiempo, sin duda nacimos en el siglo equivocado.

Tales dilemas ocasionados por la IA tienden a moverse en una zona gris. Solo imaginemos el punto donde la inteligencia artificial tome el control de nuestras computadoras y casas inteligentes, decidiendo por nosotros las acciones a ejecutar. La información que recogería sería tan precisa que con anticipación puede pedir que lleguen a la puerta de nuestra casa toda clase de productos que no pedimos, pero que no sabíamos que necesitamos. Si lo vemos desde el punto de vista del mercadeo, sería un servicio indispensable para los new adopters. Para el resto de la población, la experiencia puede tener diversos contrastes. 

Gracias, Amazon del futuro…

Por otro lado, la posibilidad de aumentar la precisión en los diagnósticos médicos sería tal que podríamos anticipar el progreso de toda clase de enfermedades gracias a la tecnología integrada a nuestros cuerpos. Los smartwatch de hoy son un adelanto. Una gran ayuda para los médicos y las aseguradoras. Respecto a estas últimas, si nuestros registros históricos muestran que no hemos hecho suficiente ejercicio o que nuestros niveles de grasas saturadas exceden los límites gracias a una mala alimentación, estas empresas pueden valerse de estos datos para no hacer valer los seguros de vida o poner toda clase de trabas para el cubrimiento de ciertos tratamientos.

En ese caso, vale la pena ver en qué medida la legislación puede anticiparse y proteger al consumidor, con la esperanza de que el lobby corporativo no permee los estatutos primero. Situaciones que a nivel político se ven lejanas, pero que a nivel emprendedor se sienten inevitables en el futuro cercano.

El tiempo definirá los alcances reales de la tecnología. Por un lado, podremos optimizar toda clase de tareas ladronas de tiempo, descargando el peso de esas micro-decisiones en la IA. Contaríamos con ciudades inteligentes, reguladoras del caos actual y del estrés de los habitantes de las grandes capitales. Por otro lado, podemos ser presa, aún más, de las adicciones digitales que consumen nuestros espacios reales, así como ser objeto de una híper-vigilancia voluntaria al servicio de toda clase de intereses. Cosa que ya vemos cuando, tras hablar con unos amigos sobre viajes, nos llega una publicidad de AirBNB y Despegar, con sus ofertas en vuelos de media noche.

Esta navidad podremos pensar en esto, cuando el 24 de diciembre alcemos nuestras miradas mientras estamos compartiendo con nuestras pantallas inertes y las personas que nos rodean en casa. Las mismas que conocen cada secreto, anhelo, sueño, frustración, vicio, virtud y pensamiento.

Y sí, me refiero a las pantallas.

 

*Miembro Dirección de Emprendimiento

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