“Existe una salida para que las empresas no entren en quiebra”

“Existe una salida para que las empresas no entren en quiebra”

Descripción: Las empresas han sido altamente afectadas por la crisis del COVID-19. Nuestra Directora de Empresa, Industria y Competitividad, Diana Pérez, analiza algunas opciones que pueden mitigar este difícil momento para las industrias.

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Tecnología inclusiva, un reto 2020

Por: Diana Pérez*
@dianamperezf

De acuerdo con cifras de la Organización mundial de la Salud -OMS -,  casi mil millones de personas, esto es, el 15% de la población mundial, cuenta con algún tipo de discapacidad. A nivel nacional, el último censo realizado por el Dane, revela que el 7.1% de la población colombiana se encuentra en situación de discapacidad.

Más allá de un porcentaje en términos de estadística, todos conocemos alguna persona en dicha situación y sabemos que la gran mayoría necesita de sus amigos y familiares para realizar sus actividades, pues no tienen los mecanismos para hacerlo de manera independiente, por ello, deberíamos brindarle herramientas para la comunicación y la autonomía a través de las tecnologías para la inclusión.

La transformación digital es una necesidad, y las empresas están destinando sus esfuerzos económicos para optimizar recursos y ser más eficientes aprovechando la inteligencia artificial, el big data, machine learning, lo cual es perfectamente válido, sin embargo, ¿estarán aprovechando esta tendencia para que sus servicios sean accesibles también a los consumidores en situación de discapacidad?

Aunque ya existen algunas compañías que están haciendo lo propio implementando herramientas tecnológicas destinadas a que sus servicios y productos sean accesibles, se esperaría que fueran cada vez más las que decidieran hacerlo para mejorar la calidad de vida de estas personas.

Una de ellas es Cabify, la plataforma tecnológica de movilidad creada en 2011, que habilitó en noviembre de 2019, su aplicación para usuarios con discapacidad visual, a través de VoiceOver, -lector de pantalla basado en descripciones habladas-. Esta iniciativa es admirable, sin embargo, pasaron 8 años para que fuera realidad.

Nuestra sociedad requiere de la tecnología y lo lógico sería usarla para generar valor a este grupo que, desafortunadamente no es la prioridad de las compañías. No se trata de destinar recursos en invenciones tecnológicas que van a requerir años de estudio, sino más bien, analizar si las soluciones tecnológicas que ya existen para esta población, pueden ser compatibles con los servicios que prestan las empresas. Por ejemplo, existen unos lentes con inteligencia artificial, que permite a quienes tienen problemas de visión a identificar personas, leer textos, reconocer productos en el supermercado, indicar el color de un objeto e incluso el valor de los billetes, el reto sería que fueran compatibles con las plataformas o aplicaciones para facilitar su interacción con ellas a través de la tecnología inclusiva.

Queremos una sociedad “inteligente”, pero también necesitamos una sociedad “inclusiva” y como la era digital llegó para quedarse, la prioridad de las empresas que buscan la transformación digital, debería encaminarse a beneficiar a todos los grupos de interés y pese a que falta mucho por recorrer, no sabemos si están comprometidas a satisfacer las necesidades de una población en situación de discapacidad que también son sus clientes. Por eso, el llamado es a dignificar este grupo poblacional, romper las barreras y sensibilizarnos para lograr una mejor accesibilidad, solo así,  lograríamos hacer cambios positivos en su calidad de vida, ratificando el valor de la sociedad 5.0, donde las transformaciones tecnológicas están al servicio de la humanidad.

¿Estaremos dispuestos a hacerlo?

*Directora de Empresa, Industria y Competitividad de Alcentro.

Las BIC, el deber ser de toda empresa

Por: Diana Pérez*
@dianamperezf

Hace casi un mes fue reglamentada la ley 1901 de 2018, en virtud de la cual, se creó la denominada Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo, por sus siglas conocida como BIC, y que a juicio del Superintendente de Sociedades Francisco Reyes, pretende “combinar simultáneamente las ventajas económicas de la actividad mercantil, con la posibilidad de contribuir al medio ambiente, el bienestar de los trabajadores y mejorar ciertas circunstancias que tienen que ver con el interés común».

Esta modalidad busca que las compañías además de obtener un lucro, puedan generar valor compartido para las comunidades, siempre y cuando cumplan con los lineamientos legales para no perder dicha calidad ni los beneficios. Algunos de ellos son las tarifas preferenciales de propiedad industrial, la reducción de tarifas en el registro mercantil y en retención en la fuente, exención del impuesto de renta sobre las utilidades de las acciones entregadas a trabajadores y puntos adicionales en la contratación estatal. Vale la pena analizar si era necesaria la expedición de una ley para que las empresas sean socialmente responsables y generen valor para su entorno.

Con ello no pretendo anular la buena intención de la ley. Por el contrario, son bienvenidos los mecanismos que busquen encaminar a las empresas a ser responsables y más cuando están alineados con los objetivos de desarrollo sostenible. Sin embargo, el tema es más de fondo, como quiera que muchas compañías querrán ser BIC no sólo por los beneficios arriba señalados, sino que por el hecho de serlo, les daría un estatus sobre otras que no lo son, cuando lo realmente importante es que el “Adn” de cada compañía involucre la generación de valor sin necesidad de legislación.

Para ser BIC de acuerdo con la nueva ley, la compañía requerirá dentro de su actividad u objeto social, además de los actos de comercio que pretendan desarrollar, aquellas actividades de beneficio e interés colectivo que pretendan fomentar, tales como:

a. Remuneración salarial razonable para sus trabajadores

b. Subsidios para capacitar y desarrollar profesionalmente a sus trabajadores. 

c. Opciones para que los trabajadores tengan participación en la sociedad, a través de la adquisición de acciones.

d. Manual para sus empleados, con el fin de consignar los valores y expectativas de la sociedad.

e. Opciones de empleo que le permitan a los trabajadores tener flexibilidad en la jornada laboral y crean opciones de teletrabajo, sin afectar la remuneración de los sus trabajadores.

f. Opciones de trabajo para la población estructuralmente desempleada, tales como los jóvenes en situación de riesgo, individuos sin hogar, reinsertados o personas que han salido de la cárcel.

g. Diversidad en la composición de las juntas directivas, con el fin de incluir personas pertenecientes a distintas culturas, minorías étnicas, creencias religiosas diversas, con distintas orientaciones sexuales, capacidades físicas heterogéneas y diversidad de género.

 h. Incentivar las actividades de voluntariado y alianzas con fundaciones que apoyen obras sociales en interés de la comunidad.

 i. Adquirir bienes o contratan servicios de empresas de origen local o que pertenezcan a mujeres y minorías.

j. Efectuar, anualmente, auditorías ambientales sobre eficiencia en uso de energía, agua y desechos, divulgar los resultados al público y capacitar a sus empleados en la misión social y ambiental de la sociedad.

k. Supervisar las emisiones de gases invernadero generadas a causa de la actividad empresarial. 

l. Utilizar sistemas de iluminación energéticamente eficientes y otorgan incentivos a los trabajadores por utilizar en su desplazamiento al trabajo, medios de transporte ambientalmente sostenibles.

m. Divulgar ante sus trabajadores los estados financieros de la sociedad.

n. Expresar la misión de la sociedad en los diversos documentos de la empresa.

o. Implementar prácticas de comercio justo y promueven programas para que los proveedores se conviertan en dueños colectivos de la sociedad, con el fin de ayudar a estos para salir de la pobreza.

Viendo lo anterior, me pregunto, ¿era necesaria una ley que invitara a las sociedades a actuar como deberían hacerlo regularmente? Creería que no, porque ya existen empresas que, siendo lucrativas, cumplen no sólo con estos requisitos sino con muchos más, generando valor para su entorno social, ambiental o laboral, y seguramente a la mayoría de ellas no les interesa protagonizar, como lo podría estar incentivando la nueva ley.

Adicionalmente, se crearía una carga extra a la Superintendencia de Sociedades quien deberá vigilar a las BIC en el cumplimiento del estándar independiente reflejado en los informes anuales de gestión, so pena de perder la condición de sociedad BIC por el incumplimiento grave y reiterado de dichos estándares, cuando el deber ser de toda empresa es impactar positivamente sin llegar a este punto de legalidad.

Colombia es un país saturado de normas y nos estamos acostumbrando a ser regulados por todo, pensando que eso nos hace mejor sociedad. No esperemos a que una ley nos diga qué hacer o cómo actuar, por el contrario, que los líderes empresariales sean agentes de cambio y reconozcan que el verdadero valor de sus empresas está en obrar responsablemente para ser sostenibles y de esta manera, contribuir en lo que realmente necesita este país.

*Directora de Empresa, Industria y Competitividad del Tanque de Pensamiento Al Centro.

Influencers engañosos, camino a la regulación

Por: Diana Pérez*

La era digital da para todo y la publicidad no es ajena a ella. Somos muchos los que seguimos en redes sociales a un sinnúmero de personalidades que se convirtieron en el gancho perfecto para el marketing de las empresas. No obstante, el fin no justifica los medios, pues la tendencia de contar con la imagen de famosos para ofrecer productos y/o servicios, estaría conllevando un riesgo de engaño a los consumidores.

¿Sabrán los influencers qué es una propaganda comercial comparativa o una publicidad en tono excluyente? Seguramente que no. Y si ellos no lo saben, tampoco lo sabrá el consumidor, encontrando dos extremos que desconocen el alcance de la norma y al final, una empresa que se beneficia de ambos. Y es que el uso de influencers en el marketing empresarial no es negativo, lo malo es hacer uso de ellos de manera irresponsable, por eso deben las empresas manejar su publicidad garantizando los derechos del consumidor, con el fin de evitar no solo el riesgo reputacional, sino las posibles sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

De acuerdo con cifras de la SIC, en el año 2018 se profirieron más de 600 sanciones por casi 43 mil millones de pesos como consecuencia de publicidad engañosa, siendo las empresas que ofrecen planes turísticos, paquetes de telefonía y productos en almacenes de cadena, los más sancionados. Esto demuestra pese a que la regulación sobre publicidad engañosa -contenida en el decreto 3466 de 1982 y la ley 1480 de 2011- es robusta, la llegada de nuevos protagonistas como los YouTubers, Instagramers y Twitteros, pone a pensar en una actualización normativa. Esto, debido a que los influenciadores que actúan a través de las plataformas digitales, estarían desconociendo el alcance de la norma por incrementar las ventas de sus clientes empresarios.

Al respecto, el Superintendente de Industria y Comercio manifestó que para el mes de diciembre se publicaría una guía o código de conducta de influenciadores como mecanismo de autorregulación, tal y como fue aplicado en Reino Unido. Aunque es una buena propuesta no debería ser la única opción, debido a que se requiere no solo de autorregulación sino de regulación, siendo esta última la que le permite a la SIC investigar e imponer sanciones a las empresas que por vía de sus influencers engañan al consumidor final.

Entretanto, las empresas se han mantenido al margen frente al vacío legal, mientras que la publicidad a través de influencers sobre productos regulados (como el tabaco o el alcohol) debe cumplir advertencias legales, otros productos aparentemente “milagrosos”, que no cuentan con pruebas fehacientes de sus resultados, seguirán apareciendo en las plataformas sin mayor control.

En conversatorio con el Alto Consejero para la Presidencia y Ex CEO de NTT Data, Toshio Iwamoto, pudimos concluir que las empresas deben aplicar la tecnología de manera ética, sin embargo, no vemos que ocurra en este caso. Por tal razón, como la tecnología avanza más rápido que la norma, urge la necesidad de crear los mecanismos idóneos donde todos los actores confluyan responsablemente a fin que puedan beneficiarse sin afectar derechos, esto es, que el empresariado pueda obtener ganancias a través del marketing digital, los influenciadores logren más seguidores, el consumidor final pueda recibir información real y la SIC, definitivamente pueda garantizar los derechos de estos últimos.

Así las cosas, y como la esencia de todo negocio está en los clientes, de manera respetuosa invitaría a los empresarios para que hagan uso de la publicidad responsablemente, poniéndose en el lugar de un consumidor racional – persona que interpreta la publicidad en la forma natural en la que le es transmitida-, y de igual manera, esperaría que la Superintendencia de Industria y Comercio junto con la Rama Legislativa, analicen el contexto real y estructuren mecanismos regulatorios para fortalecer la protección de los derechos del consumidor “digital” que en últimas sería el único afectado. David Ogilvy lo resumía de la siguiente manera: “Lo que realmente lleva al consumidor a decidir si compra o no compra es el contenido de la publicidad, no su forma”.

  • Directora de Empresa, Industria y Competitividad en Al Centro

¿Ética o Corrupción?

Por: Diana Pérez Forero*
@dianamperezf

¿Sabía usted que los corruptos nos roban cerca de 50 billones de pesos al año?

Según reporte de la Contraloría General de la Nación, esta es la cifra que anualmente se pierde por causa de la corrupción, una cifra que alcanzaría a cubrir el rubro de inversión por 40 billones de pesos del presupuesto general de nación para el 2019.

Casos como Odebrecht, Interbolsa, el cartel de las frutas y pañales, el Plan de Alimentación Escolar, la Ruta del Sol, entre otros, se volvió común en nuestro país, pues es normal ver en el sector público y privado, que sus directivos sean investigados o sancionados penal, fiscal o disciplinariamente por la indebida y deshonesta administración de recursos en detrimento de terceros (nosotros) y del Estado. Sin embargo, lo más preocupante, es que nos estamos acostumbrando a ello, ya que el rechazo social nos dura poco y no se asoman vientos de cambio como sociedad. Esto en sí mismo, debe ser un motivo para hacer frente a este fenómeno, pues en muchos casos se aplica la lógica de la reciprocidad entre ambos sectores para que el “negocio” funcione.

El panorama no es alentador. Por un lado, la corrupción en el sector público no disminuye, y se corrobora con el informe de Transparencia por Colombia 2018, en virtud del cual, el Índice de Percepción de la Corrupción -IPC- que publica cada año Transparencia Internacional, señala que Colombia mantiene desde hace 4 años una calificación de 37 sobre 100 puntos, “siendo 0 (muy corrupto) y 100 (muy limpio)”, esto indica que no ha cambiado la imagen que grupos de expertos tienen sobre el sector público colombiano en cuanto a corrupción. El país cayó 6 puntos desde la última medición, pasando del puesto 90 al 96 entre 180 países, un lugar muy deshonroso pero real. Por otro lado, la corrupción en el sector privado crece a pasos agigantados, según cifras de la Procuraduría, actualmente el 9% de la corrupción es privada, esto implica que se está afectando la competitividad del país e incrementando la desigualdad en el acceso a las oportunidades de mercado por la falta de ética empresarial. Sobre el particular, el Procurador General de la Nación señaló el pasado 5 de septiembre de 2019 en el foro empresarial para los lideres 4.0 lo siguiente: “la corrupción en lo público está estudiada, está diagnosticada, casi que digo que está sobre diagnosticada”, mientras que “la corrupción privada ha sido de alguna manera ignorada y subvalorada”. Al respecto, ¿será que hay más reglas para controlar la corrupción en lo público? Y si así fuese, ¿porqué los índices de percepción de la corrupción en el sector público se mantienen?

La lucha de la ética contra la corrupción no es fácil, algunos consideran que el incremento de la corrupción, se debe a la insuficiencia de leyes para que estos actos sean castigados con severidad, no obstante, la solución no es expedir leyes para garantizar su erradicación definitiva. Con esto, no estoy demeritando los esfuerzos del legislador de atacar este mal social, se requiere además una verdadera aplicación de la misma mediante procesos expeditos a fin que los agentes del estado puedan investigar y sancionar de manera efectiva estas conductas, teniendo en cuenta que los corruptos sofistican rápidamente sus métodos para eludir la justicia, a través de artimañas jurídicas, financieras y políticas. Adicional a lo anterior, debemos considerar que gran parte de la corrupción se debe a la ausencia de valores tales como la honestidad, justicia y respeto por el otro, ya que no podemos concebir una sociedad por más educada que sea, si no ha sido formada con valores.

El “ideal” sería que no existiera la corrupción, sin embargo, la tendencia es global y como el mal sigue creciendo, se debe hacer frente a esta situación desde el punto de vista legal, razón por la cual, los órganos de control y la rama legislativa están haciendo grandes esfuerzos para ello, por ejemplo, el proyecto de ley sobre probidad administrativa comenzará a debatirse en el mes de noviembre, y el proyecto de ley de control fiscal que ya fue aprobado. Adicionalmente, se hace necesaria la actualización del régimen de competencia, así como poner en marcha la interoperabilidad que permita compartir la información entre entidades públicas y privadas, de cara a que las entidades de control puedan actuar con diligencia y eficiencia.

Ahora bien, no todo puede quedar en manos del Gobierno esperando que las ramas del poder actúen de manera reactiva, sino que se requiere además del compromiso de los empresarios, sus órganos de dirección y demás stakeholders de actuar con transparencia y ética empresarial. Por lo tanto, es indispensable la correcta implementación del programa de compliance, el cual no se agota con un código de ética o código de buen gobierno corporativo (que resultan copia de otras), ni publicando sus informes de gestión en las páginas web, pues solo sería un saludo a la bandera. El adn del compliance está en el buen comportamiento interno de toda empresa de cara a sus stakeholders, y debe estar alineado con la ética como factor fundamental de la competitividad. En ese orden, se deberían incrementar los mecanismos de control independientes, contar con regímenes de prevención y sanción, hacer uso de la tecnología aprovechando la transformación digital para detectar esas personas con tendencia a la corrupción, empoderar a los grupos de interés a que denuncien sin miedo, entre otras prácticas y procesos para que los hechos de corrupción no se filtren al interior de las empresas.

Por último y sin ser menos importante, como ciudadanos también debemos aportar en esta lucha, dejando atrás conductas indebidas como colarse en una fila o sobornar a un policía de tránsito, que afectan el entorno en sociedad, y nos impide exigir transparencia de los demás. El debate está abierto, y el llamado es a reflexionar sobre nuestro actuar, e invitar a no tolerar y denunciar cualquier acto considerado indebido o corrupto. En palabras de Matthai Quelle, filosofo alemán, “El verdadero problema ético no es la moral, sino la acción individual”, es decir, también está en nuestras manos hacer que las cosas pasen, con el fin de fortalecer las instituciones y evitar que se siga afectando el desarrollo y crecimiento de la economía del país por culpa de la corrupción.

*Directora de Empresa e Industria del Tanque de Pensamiento Al Centro